viernes, 23 de octubre de 2009

CABA INGRESOS BRUTOS

Ingresos brutos. Régimen simplificado. Recategorización. Prórroga. La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos difunde a través de su página web la siguiente información relacionada con la recategorización de los contribuyentes incluidos en el régimen simplificado:

Recategorización Régimen Simplificado


Con el objeto de permitir la presentación de su Declaración Jurada de Recategorización, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ha extendido el plazo de recepción de la misma hasta el 30 de noviembre de 2009.Para registrar esa novedad deberá obtener la Clave Ciudad, contraseña que permite ser utilizada desde cualquier PC conectada a Internet, con los niveles de seguridad correspondiente para preservar la identidad de los solicitantes. Este trámite se realiza por medio de un aplicativo diseñado a tal efecto por la AGIP que encontrará en la pág. web.
Observación:Si Ud. debe abonar diferencias por su recategorización para los meses de Julio, Agosto y Septiembre 2009, consulte la siguiente tabla de CUBA y valores.
IMPORTE CUBA
$ 7,50 515151-7
$ 15,00 616161-6
$ 30,00 626261-2
$ 45,00 525452-7
$ 60,00 636363-0
$ 90,00 646362-6
$ 120,00 656161-4
$ 150,00 585151-1
$ 180,00 666666-6
$ 240,00 676266-2
$ 300,00 686266-4

sábado, 17 de octubre de 2009

NUEVA LEY IMPOSITIVA 2010 - MODIFICACIONES AL CODIGO FISCAL-

IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA DE BIENES.

Se establecen las alícuotas correspondientes al impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores, aplicables al período fiscal 2010. Asimismo, se introducen modificaciones al Código Fiscal y se incorpora el impuesto a la transmisión gratuita de bienes establecido por la ley provincial de educación –L. 13688-.

Se incorpora el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, el cual grava todo aumento de riqueza a título gratuito entre los que se incluyen: - Las herencias; - los legados; - las donaciones; - los anticipos de herencia; y - cualquier otro hecho que implique un enriquecimiento patrimonial a título gratuito

Este impuesto comprende los actos que afecten a bienes situados en la provincia y/o beneficie a persona, ya sean físicas o jurídicas, con domicilio en ella.

El mencionado impuesto deberá ser ingresado aplicando una alícuota desde el 5% y hasta el 10,5% dependiendo del monto de la base imponible y el parentesco con el causante y/o donante

Hay exenciones.


Por último, señalamos que los cambios en las alícuotas del impuesto de sellos y del impuesto sobre los ingresos brutos y su adicional a la actividad portuaria comentadas serán de aplicación a partir del mes de noviembre de 2009. Lo comentado respecto al impuesto a la transmisión gratuita de bienes regirá a partir del 1/1/2010 y las restantes modificaciones al Código Fiscal comentadas a partir del 1/11/2009

Otras modificaciones: Ver "nuevas modificaciones al código fiscal 2010".

miércoles, 14 de octubre de 2009

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