Se establece un régimen de regularización de deudas vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate entre el 1/1/2009 y el 31/10/2009, provenientes del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario y automotores, el cual se extiende hasta el 31/12/2009.
Para tener en cuenta:
El pago de las obligaciones regularizadas deberá realizarse al contado en un solo pago, al cual se aplicará un descuento del 30%, que en ningún caso podrá implicar una reducción del importe del capital de la deuda.
El acogimiento podrá formalizarse personalmente, ante las oficinas de la Agencia de Recaudación de la Provincia, telefónicamente o por Internet.
miércoles, 18 de noviembre de 2009
miércoles, 11 de noviembre de 2009
NUEVO MONOTRIBUTO
BREVE RESUMEN DE LO QUE SE VIENE EN MATERIA DE MONOTRIBUTO:
- Todavía no está firmada la ley; se prevé su aprobación antes del 10 de diciembre del corriente.
- Está Prevista su implementación a partir del mes de enero 2010.
- La categoría más baja pasaría de $ 114.75 a $ 213. Su tope de facturación seguirá en mil pesos mensuales.
- La máxima categoría, que hasta ahora permite facturar hasta $ 144 mil al año y vale $ 586,75, llegará a $ 2.880, pero su límite se amplía a $ 300 mil anuales. Es para los rubros que no involucren venta de servicios sino de bienes.
- Para las locaciones de servicios se ampliaría el tope de facturación hasta $200.000 (actualmente en $ 72.000) y para el resto de las actividades, hasta $300.000 (actualmente en $ 144.000).
- Las recategorizaciones serán cuatrimestrales, y el ente recaudador tendrá la potestad de actualizar automáticamente el componente impositivo de la cuota y los topes de facturación.
- El componente impositivo del monotributo (que arranca de $ 33) se mantendrá sin cambios para todas las categorías que ya existían.
- Se agregan nuevas categorías para montos de facturación anuales desde $ 200.000 a 300.000.
- Como forma de combatir la práctica de exigir facturación a empleados que deberían estar en relación de dependencia, los locatarios sólo podrán descargar hasta el 10% de un mismo proveedor y 30% del total sobre el Impuesto a las Ganancias.
Fuente: BAE - AFIP - CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA CAPITAL FEDERAL - CRITICA DE LA ARGENTINA
miércoles, 4 de noviembre de 2009
NUEVA LEY IMPOSITIVA EN LA PCIA. BS. AS.
Ley Impositiva 2010. Se crea el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes. Se fijan las alícuotas correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario y a los Automotores, aplicables al período fiscal 2010. Se modifica el Código Fiscal en varios aspectos, otorgando la facultad para ARBA de practicar la detención de automotores y proceder a su secuestro cuando se compruebe la falta de pago de patentes.Para apelar ante el Tribunal Fiscal el monto se aumenta a $ 50.000. También fueron modificadas las causales de suspensión de la prescripción.(16/10/2009 – Ley 14044).
(Ver más detalles en nota + abajo)
(Ver más detalles en nota + abajo)
BAJA DE INGRESOS BRUTOS CABA
Cuando un contribuyente inscripto en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos como Local o convenio Multilateral, verifique la falta de presentación de DDJJ o pagos por un período anual (o 12 meses consecutivos), la inscripción se cancelará de OFICIO.
Esto no será así para los grandes Contribuyentes.
Aquellos contribuyentes que estén en el régimen Simplificado, serán dados de baja cuando se verifique la falta de pago durante seis meses consecutivos, no impidiendo el reingreso al régimen.
(Res. Afip 584/09)
Esto no será así para los grandes Contribuyentes.
Aquellos contribuyentes que estén en el régimen Simplificado, serán dados de baja cuando se verifique la falta de pago durante seis meses consecutivos, no impidiendo el reingreso al régimen.
(Res. Afip 584/09)
IMPUESTO A LAS GANANCIAS
Registro de entidades exentas. A partir del 1° de enero de 2010 se establece un nuevo procedimiento para la acreditación de la condición de sujeto exento del Impuesto a las Ganancias, creando para ello un “Certificado de exención en el Impuesto a las Ganancias”.Las entidades que cuenten al 1° de enero de 2010 con un certificado de reconocimiento quedarán incluidas automáticamente en el nuevo régimen y podrán obtener el Certificado de Exención con la vigencia que les corresponda según el mes de cierre de la entidad. Excepcionalmente el primer certificado que se expida bajo el nuevo régimen abarcará el ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios inmediatos siguientes.Para solicitar el certificado deberá utilizarse el aplicativo “AFIP – DGI – Certificado de exención en Ganancias – Versión 1.0”.(05/10/09 - Res. Gral. AFIP 2681/09)
INGRESOS BRUTOS- PRORROGA
Ciudad de Buenos Aires: Prórroga en la recategorización de Régimen Simplificado.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos postergó el plazo de presentación para la Recategorización de los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Categoría Régimen Simplificado- hasta el 30 de Noviembre de 2009.
(ver nota + amplia debajo)
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos postergó el plazo de presentación para la Recategorización de los Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos -Categoría Régimen Simplificado- hasta el 30 de Noviembre de 2009.
(ver nota + amplia debajo)
BUENAS NOTICIAS IMPOSITIVAS!!
Aumentaron un 33% las Asignaciones Familiares por Hijo, Hijo con discapacidad y Prenatal.
El aporte por hijo pasará
de $135 a $180 para sueldos de $1001 a $2400,
de $102 a $136 para salarios de $2401 a $3600, y
de $68 a $91 para mensualidades superiores a $ 3600.
El aporte por hijo pasará
de $135 a $180 para sueldos de $1001 a $2400,
de $102 a $136 para salarios de $2401 a $3600, y
de $68 a $91 para mensualidades superiores a $ 3600.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)