La Comisión Arbitral establece que las cargas sociales se considerarán un gasto computable a los efectos de la determinación del coeficiente unificado por considerarse un parámetro válido para la medición de actividad gravada en cada jurisdicción.
Norma: Resolución Com. Arbitral CM 4/2010
B.O.(CABA): 31/05/2010
jueves, 3 de junio de 2010
programa de fomento financiero para jóvenes emprendedores
Se aprueba el Reglamento para el "Programa de Fomento Financiero para Jóvenes Emprendedores".
Recordamos que dicho programa prevé que las empresas que financien los proyectos recibirán un bono de crédito fiscal para el pago de impuestos por un valor correspondiente al 50% del importe financiado.
Recordamos que dicho programa prevé que las empresas que financien los proyectos recibirán un bono de crédito fiscal para el pago de impuestos por un valor correspondiente al 50% del importe financiado.
Norma: Dispos. Subsecretaría PYME1279/2010.
B.O.: 28/05/2010
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ATENCION INMOBILIARIAS
SUJETOS DEDICADOS A LA OPERACION DE COMPRAVENTA Y/O LOCACION DE INMUEBLES:
Tal cual lo adelantáramos a principios del mes de mayo, se detallan las principales modificaciones efectuadas por la Res.Gral. AFIP N° 2820 (publicada en B.O. 05/05/2010:
Tal cual lo adelantáramos a principios del mes de mayo, se detallan las principales modificaciones efectuadas por la Res.Gral. AFIP N° 2820 (publicada en B.O. 05/05/2010:
1) Pasan a estar comprendidas las siguientes operaciones:
* Realizadas sobre inmuebles rurales por unidades de explotación de superficies iguales o superiores a 30 hectáreas, con independencia del valor pactado de la locación;
* Locación de espacios o superficies fijas o móviles delimitadas dentro de bienes inmuebles, tales como stands, góndolas, cocheras, bauleras, espacios publicitarios, localización de antenas, entre otras;
* La cesión de derechos reales a título oneroso sobre inmuebles urbanos, bajo ciertas condiciones;
* La cesión de derechos reales a cualquier título sobre inmuebles rurales cuya superficie sea igual o superior a 30 hectáreas .
2) Se incrementa a $ 300.000 el valor de los emprendimientos inmobiliarios (loteos, construcciones, urbanizaciones, subdivisiones, etc.) objeto del presente registro de operaciones.
3) Se crea un régimen de información por parte de los sujetos obligados a empadronarse en el "Registro" que asuman el carácter de locador, arrendador, cedente o similar. La información deberá ser remitida mediante transferencia electrónica de datos en la Web de la AFIP hasta el día 26 del mes inmediato siguiente al que corresponda la información.
4) Por otra parte, los sujetos que deban actuar como agentes de retención del impuesto a las ganancias por las operaciones sujetas al presente régimen de información, deberán verificar el cumplimiento de éste último en forma previa a efectuar la retención. En caso de verificarse que no se cumplió con el presente régimen de información deberán aplicar una alícuota mayor de retención sin considerar monto no sujeto a retención.
Las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el 1/8/2010, inclusive. Los nuevos sujetos que deban empadronarse podrán cumplir con dicha obligación hasta el 31/8/2010 y el cumplimiento del régimen de información por parte de los contratos celebrados con anterioridad al 1/8/2010 que se encuentren vigentes podrá ser cumplida hasta el 30/9/2010
* Realizadas sobre inmuebles rurales por unidades de explotación de superficies iguales o superiores a 30 hectáreas, con independencia del valor pactado de la locación;
* Locación de espacios o superficies fijas o móviles delimitadas dentro de bienes inmuebles, tales como stands, góndolas, cocheras, bauleras, espacios publicitarios, localización de antenas, entre otras;
* La cesión de derechos reales a título oneroso sobre inmuebles urbanos, bajo ciertas condiciones;
* La cesión de derechos reales a cualquier título sobre inmuebles rurales cuya superficie sea igual o superior a 30 hectáreas .
2) Se incrementa a $ 300.000 el valor de los emprendimientos inmobiliarios (loteos, construcciones, urbanizaciones, subdivisiones, etc.) objeto del presente registro de operaciones.
3) Se crea un régimen de información por parte de los sujetos obligados a empadronarse en el "Registro" que asuman el carácter de locador, arrendador, cedente o similar. La información deberá ser remitida mediante transferencia electrónica de datos en la Web de la AFIP hasta el día 26 del mes inmediato siguiente al que corresponda la información.
4) Por otra parte, los sujetos que deban actuar como agentes de retención del impuesto a las ganancias por las operaciones sujetas al presente régimen de información, deberán verificar el cumplimiento de éste último en forma previa a efectuar la retención. En caso de verificarse que no se cumplió con el presente régimen de información deberán aplicar una alícuota mayor de retención sin considerar monto no sujeto a retención.
Las presentes disposiciones resultan de aplicación desde el 1/8/2010, inclusive. Los nuevos sujetos que deban empadronarse podrán cumplir con dicha obligación hasta el 31/8/2010 y el cumplimiento del régimen de información por parte de los contratos celebrados con anterioridad al 1/8/2010 que se encuentren vigentes podrá ser cumplida hasta el 30/9/2010
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MONOTRIBUTO CAMBIA LA FECHA DE VENCIMIENTO
Afip informó los nuevos vencimientos del MONOTRIBUTO que estarán venciendo los días 20 de cada mes, a diferencia de los días 07 en que operaba el vencimiento.
Las recategorizaciones (meses de enero, mayo y septiembre) también vencerán los días 20 de los meses citados.
Las recategorizaciones (meses de enero, mayo y septiembre) también vencerán los días 20 de los meses citados.
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viernes, 21 de mayo de 2010
CURSOS DE CAPACITACION EN LA UNION
El día 19 de mayo se desarrolló el segundo curso de capacitación anual para comerciantes de Moreno.
El mismo contó con la presencia de destacados comerciantes que nos hicieron llegar sus inquietudes y contaron sus experiencias.
El curso estuvo a cargo del Dr. Marcelo Biscione, con amplia experiencia en Gestión Integral de Pymes y asesoramiento en formación y dirección de equipos de trabajo.
Esta capacitación exclusiva para comerciantes está coordinada por nuestro estudio, y se desarrolla en el marco de los servicios brindados por la Unión de Comerciantes y Profesionales de Moreno, para todos sus asociados.
El día 16 de junio será el tercer encuentro, que versará sobre cómo lograr Acuerdos con Proveedores.
Si quieres inscribirte o recibir más información:
lopezcaroleticia@yahoo.com.ar.
ucpm_moreno@yahoo.com.ar
0237-466 5070 de 10 a 14 hs.
El mismo contó con la presencia de destacados comerciantes que nos hicieron llegar sus inquietudes y contaron sus experiencias.
El curso estuvo a cargo del Dr. Marcelo Biscione, con amplia experiencia en Gestión Integral de Pymes y asesoramiento en formación y dirección de equipos de trabajo.
Esta capacitación exclusiva para comerciantes está coordinada por nuestro estudio, y se desarrolla en el marco de los servicios brindados por la Unión de Comerciantes y Profesionales de Moreno, para todos sus asociados.
El día 16 de junio será el tercer encuentro, que versará sobre cómo lograr Acuerdos con Proveedores.
Si quieres inscribirte o recibir más información:
lopezcaroleticia@yahoo.com.ar.
ucpm_moreno@yahoo.com.ar
0237-466 5070 de 10 a 14 hs.
sábado, 8 de mayo de 2010
ESTUVIMOS EN MICROFONO ABIERTO
El sábado 01 de mayo, estuvimos con Andrea Noseda en su reconocido programa de Moreno Micrófono Abierto, que se emite todos los sábados de 09 a 13 hs por el 107.7 FM.
Hablamos sobre Gestión Empresaria y los cursos de capacitación implementados en la cámara de comercio de moreno.
Escucha el audio entrando a la siguiente página:
www.microfonoabierto1077.blogspot.com
Hablamos sobre Gestión Empresaria y los cursos de capacitación implementados en la cámara de comercio de moreno.
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jueves, 6 de mayo de 2010
ATENCION INMOBILIARIAS
El 05 de mayo de 2010 la AFIP publicó en el Boletín Oficial una nueva Resolución General (N° 2820/2010) que trata sobre el deber de informar al fisco (Declaración Jurada Informativa) ante la compraventa y locación de bienes inmuebles.
Estos son otros temas de la misma resolución:
lopezcaroleticia@yahoo.com.ar
Estos son otros temas de la misma resolución:
- Sustitución de la resolución 2168.
- Agentes que intervienen en el mercado inmobiliario,
- Registro de Operaciones Inmobiliarias,
- Requisitos, plazos, formas y condiciones para su inscripción,
- Empadronamiento,
- Sustitución de los montos,
- Régimen de Información.
Si quieres más información:
lopezcaroleticia@yahoo.com.ar
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