sábado, 17 de octubre de 2009

NUEVA LEY IMPOSITIVA 2010 - MODIFICACIONES AL CODIGO FISCAL-

IMPUESTO A LA TRANSMISION GRATUITA DE BIENES.

Se establecen las alícuotas correspondientes al impuesto sobre los ingresos brutos, de sellos, inmobiliario y a los automotores, aplicables al período fiscal 2010. Asimismo, se introducen modificaciones al Código Fiscal y se incorpora el impuesto a la transmisión gratuita de bienes establecido por la ley provincial de educación –L. 13688-.

Se incorpora el impuesto a la transmisión gratuita de bienes, el cual grava todo aumento de riqueza a título gratuito entre los que se incluyen: - Las herencias; - los legados; - las donaciones; - los anticipos de herencia; y - cualquier otro hecho que implique un enriquecimiento patrimonial a título gratuito

Este impuesto comprende los actos que afecten a bienes situados en la provincia y/o beneficie a persona, ya sean físicas o jurídicas, con domicilio en ella.

El mencionado impuesto deberá ser ingresado aplicando una alícuota desde el 5% y hasta el 10,5% dependiendo del monto de la base imponible y el parentesco con el causante y/o donante

Hay exenciones.


Por último, señalamos que los cambios en las alícuotas del impuesto de sellos y del impuesto sobre los ingresos brutos y su adicional a la actividad portuaria comentadas serán de aplicación a partir del mes de noviembre de 2009. Lo comentado respecto al impuesto a la transmisión gratuita de bienes regirá a partir del 1/1/2010 y las restantes modificaciones al Código Fiscal comentadas a partir del 1/11/2009

Otras modificaciones: Ver "nuevas modificaciones al código fiscal 2010".

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