Recientemente se dio a conocer la nueva reglamentación de
la Afip, la que en sus puntos principales, dice:
- Que tus facturas actuales (C), tienen vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2014.
Que se ha creado un nuevo "registro" para los que soliciten facturas.
- A partir del 1 de noviembre de 2014, quienes soliciten
facturas en la imprenta, deberán HACERLO CON ESTA NUEVA NORMA QUE IMPLICA
SOLICITAR AUTORIZACION A LA AFIP ANTES DE IMPRIMIR SUS TALONARIOS DE FACTURAS.
f
La autorización se hace a través de la página de afip, con clave fiscal "2" y habilitando el servicio: Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”
- Los responsables Inscriptos (quienes tienen
facturas tipo A y B) también tendrán el mismo régimen.
-
Ello implica:
-
La afip autoriza cada vez los comprobantes a
emitir y tendrán vencimiento.
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Los datos del contribuyente deberán estar actualizados
y sin inconsistencias.
Entonces:
A partir del 1 de noviembre si pedís
facturas, hay que hacerlo con el nuevo régimen de autorización previa.
Tus comprobantes actuales vencen el 31 de
diciembre de 2014.