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martes, 14 de octubre de 2014

NUEVA REGLAMENTACION PARA TUS FACTURAS

Las Resoluciones Generales 3565 y 3566 afectan tanto a monotributistas como a responsables Inscriptos.

Recientemente se dio a conocer la nueva reglamentación de la Afip, la que en sus puntos principales, dice:

-       Que tus facturas actuales (C), tienen vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014.

       Que se ha creado un nuevo "registro" para los que soliciten facturas.

-        A partir del 1 de noviembre de 2014, quienes soliciten facturas en la imprenta, deberán HACERLO CON ESTA NUEVA NORMA QUE IMPLICA SOLICITAR AUTORIZACION A LA AFIP ANTES DE IMPRIMIR SUS TALONARIOS DE FACTURAS.
f     
      La autorización se hace a través de la página de afip, con clave fiscal "2" y habilitando el servicio: Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”


-       Los responsables Inscriptos (quienes tienen facturas tipo A y B) también tendrán el mismo régimen.

-          Ello implica:
-          La afip autoriza cada vez los comprobantes a emitir y tendrán vencimiento.
-          Los datos del contribuyente deberán estar actualizados y sin inconsistencias.

Entonces:
A partir del 1 de noviembre si pedís facturas, hay que hacerlo con el nuevo régimen de  autorización previa.
Tus comprobantes actuales vencen el 31 de diciembre de 2014.