Recientemente se dio a conocer la nueva reglamentación de
la Afip, la que en sus puntos principales, dice:
- Que tus facturas actuales (C), tienen vigencia
hasta el 31 de diciembre de 2014.
Que se ha creado un nuevo "registro" para los que soliciten facturas.
- A partir del 1 de noviembre de 2014, quienes soliciten
facturas en la imprenta, deberán HACERLO CON ESTA NUEVA NORMA QUE IMPLICA
SOLICITAR AUTORIZACION A LA AFIP ANTES DE IMPRIMIR SUS TALONARIOS DE FACTURAS.
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La autorización se hace a través de la página de afip, con clave fiscal "2" y habilitando el servicio: Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)”
- Los responsables Inscriptos (quienes tienen
facturas tipo A y B) también tendrán el mismo régimen.
-
Ello implica:
-
La afip autoriza cada vez los comprobantes a
emitir y tendrán vencimiento.
-
Los datos del contribuyente deberán estar actualizados
y sin inconsistencias.
Entonces:
A partir del 1 de noviembre si pedís
facturas, hay que hacerlo con el nuevo régimen de autorización previa.
Tus comprobantes actuales vencen el 31 de
diciembre de 2014.
Hola Caro! gracias por la info. La autorización la tenemos que pedir nosotros o la imprenta? Beso!
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